Rematriculación en la Ciudad de Buenos Aires (*)

Por resolución 404/08 del Ministerio de Salud de La Nación (M.S.) publicada en Boletín Oficial el 20/5/08, se estableció la confección de un nuevo registro Nacional de Profesionales de la Salud con el fin de crear la “Matriz Mínima de Registro de Profesionales de Salud en el Mercosur”. En concordancia con el protocolo de Ouro Prieto y la Resolución Ministerial 604/05.

Se establece una nueva manera de matriculación y una necesidad de rematriculación de los que a la fecha estén matriculados.

En principio esta norma es para los profesionales que su matricula dependa del Ministerio de Salud de La Nación, es decir profesionales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de organismos nacionales, esta iniciativa tendrácomo corolario final, la integración de todos los Registros de Profesionales de la Salud del País, en el Registro Federal de Profesionales de la Salud.

Se confeccionará una nueva credencial. Las mismas serán otorgadas a partir del 14 abril de 2008 y tendrán vigencia por el plazo de cinco (5) años, contados a partir del año de la emisión de la misma y considerando su vencimiento el día coincidente con el del día y mes de la fecha de nacimiento del profesional matriculado. Cumplido este plazo, el profesional deberá proceder a realizar el trámite de renovación de la credencial, que tendrá costo.

A partir del 1º de agosto del año 2008, se procederá a la rematriculación, paulatina y por profesión, de todos los profesionales incorporados al Registro Único de Profesionales de la Salud.

El trámite de rematriculación y posterior renovación de su credencial profesional, se deberá tramitar de la misma en forma indefectible, dentro de los plazos que se establecen en el siguiente cronograma, en función de la caducidad de la vigencia de las credenciales oportunamente otorgadas:

Credencial expedida hasta el 31-12-2000 - Baja 31-12-2009
Credencial expedida entre 01-01-2001 y 31-12-2003 - Baja 31- 12-2010
Credencial expedida entre 01-01-2004 y 31-12-2005 - Baja 31- 12-2011
Credencial expedida entre 01-01-2006 y 31-12-2007 - Baja 31- 12-2012
Credencial expedida entre 01-01-2008 y 11-04-2008 - Baja 31- 12-2013

Será implementado un sistema de otorgamiento de los turnos para la matriculación bajo la modalidad de preinscripción vía por Internet desde el portal del Ministerio de Salud de la Nación,
http://www.msal.gov.ar, en el link “Planilla de Turno Otorgado”.

El M.S. consideró la necesidad de establecer un acceso público y gratuito al registro de los profesionales matriculados, ello sin desmedro de lo establecido por la Ley Nº 25.326 de Protección de Datos Personales, teniendo en cuenta la no publicidad de los datos personales que tengan carácter reservado. 

(*) Si desea conocer los Requisitos necesarios para rematricularse, consulte el 
ANEXO V - ARTÍCULO 7º de la Resolución 404/08